Autoridades ante las cuales se puede presentar la queja o denuncia.
1. Secretaria de la Función Pública.
Información y requisitos en la siguiente liga: Mecanismos para presentar quejas y denuncias
2. Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud.
A. Las quejas o denuncias deberán reunir los siguientes requisitos:
• Los datos del quejoso o denunciante en donde pueda ser localizado (opcional).
• Datos de identificación del servidor público involucrado, de contar con ellos.
• Narración de los hechos (indicando el cómo, cuándo y dónde); y
• En su caso, las pruebas que pueda aportar.
B. Usted podrá presentar su queja o denuncia a través de cualquiera de los siguientes medios:
• De manera personal o por escrito en Avenida Marina Nacional No. 60, Piso 9, Col. Tacuba, Alcaldia Miguel Hidalgo, C.P. 11410 Ciudad de México, de lunes a viernes de las 09:00 a las 15:00 horas..
• Por vía telefónica al número 2000-3123, de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas.
• Por correo electrónico a la dirección: atencionciudadanaoic@salud.gob.mx
3. Sanciones.
Al respecto, se informa lo siguiente:
A. La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; y, la Ley de Asociaciones Público Privadas, establecen las siguientes sanciones a licitantes y proveedores, de acuerdo a la gravedad de la falta y a las circunstancias precisadas en cada una de dichas disposiciones normativas:
• Multa.
• Inhabilitación.
B. De acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, las sanciones por falta administrativa a servidores públicos consistirán en:
• Amonestación privada o pública.
• Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año.
• Destitución del puesto.
• Sanción económica.
• Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.